La Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) rechazó el recurso contencioso interpuesto por el Aeropuerto Internacional de Bávaro (AIB) en contra de la decisión del Instituto de Aviación Civil (IDAC) que ordenó la paralización de los trabajos de construcción de esa infraestructura por ser “lesiva al interés colectivo”.
Los abogados de la empresa habían alegado por tercera vez, que la resolución 024/20 del IDAC era violatoria a los principios de administración pública y del debido proceso, además de que ese organismo no tenía competencia para decidir en un acuerdo suscrito entre el Estado dominicano y AIB. También dijeron ante el tribunal que el IDAC paralizó la construcción sin que se agotara los plazos para el depósito de las documentaciones que habían requerido para continuar la obra.
El alegato de defensa fue rechazado de forma unánime por los tres magistrados que conforman la sala, quienes constataron que el IDAC cumplió con los plazos que había otorgado para que la empresa depositara ante ese órgano los documentos e informes técnicos entendían, antes de emitir su resolución.
La sentencia fue evacuada el 28 de enero y en su inciso 37 reitera, además, que a la fecha el Aeropuerto Internacional de Bávaro AIB, SAS., no ha realizado depósito de “los documentos e informes técnicos pertinentes para la continuación de la obra aeroportuaria, actuando en franca violación a la Ley 47-20…”.
Antecedente
El pasado 11 de agosto del 2020 el IDAC había emitido un permiso para la construcción del Aeropuerto Internacional de Bávaro, patrocinado por el grupo Abrisa, mediante la comunicación No. 2293, para ese entonces gobernaba el Partido de la Liberación Dominicana (PLD).
Sin embargo, la nueva gestión del IDAC, encabezada por Román Ernesto Caamaño Vélez, determinó que el permiso otorgado por las pasadas autoridades fue emitido incurriendo en violación de los principios, normas y procedimientos establecidos en el ordenamiento jurídico vigente. En primer momento (29/10/2020) suspendió la construcción y demandó de la empresa AIB los informes y documentaciones correspondientes para continuar la obra que no entregó.
Cumplido el plazo, el organismo emitió el pasado 22 de diciembre la resolución 024/20 con la que declara lesiva para el interés general y ordenó la paralización de la obra.