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Tribunal impone garantía económica de 500,000 pesos a los acusados de desfalco en Agricultura

El Tribunal de Atención Permanente del Distrito Nacional impuso una garantía económica de 500,000, impedimento de salida del país y presentación periódica, como medidas de coerción, a los acusados por el Ministerio Público de incurrir en un desfalco en el Ministerio de Agricultura.
La jueza Lissa Veras impuso la medida de coerción a Julio Enrique Domínguez Solano (Julito y/o El Carnal) y Antonio José Paredes Elizondo.
En la audiencia, el ministerio público estuvo representado por el titular dela Procuraduría Especializada de Persecución a la Corrupción Administrativa (Pepca), Wilson Camacho, quien dijo a la salida del tribunal que los imputados admitieron los hechos.
Camacho expresó que respetan la decisión de la jueza, pero que no la comparten. Consideró que debió imponer prisión preventiva.
«Para este Ministerio Público corrupción es corrupción sin importar que se robe un peso del erario público o se roben millones de dólares», enfatizó Camacho, quien estuvo acompañado de los fiscales Ernesto Guzmán Alberto, Aurelio Valdez y Yoneiby González.
Recalcó que el compromiso del Ministerio Público es seguir persiguiendo la corrupción, en cualquiera de sus manifestaciones e independientemente de si se trata de montos pequeños, medianos o grandes.
Enfatizó que están comprometidos para garantizar que no haya impunidad, y para que no se lleve el mensaje de que el que roba poco no le va a pasar nada.
Ni los imputados ni sus abogados hablaron luego del conocimiento de la medida de coerción.
Sometimiento
La Procuraduría Especializada de Persecución a la Corrupción Administrativa (Pepca) sometió a la justicia a Solano y a Paredes Elizondo por estafa de casi cuatro millones de pesos, luego que la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental le presentó una denuncia que recibiera del Ministerio de Agricultura.
El Ministerio Público imputa a Domínguez Solano incurrir en los delitos de coalición de funcionarios, desfalco, usurpación de funciones y asociación de malhechores sancionados en el Código Penal.
También, lo acusa de violación a los artículos 5, 6 y 14 de la Ley número 53-07, contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, así como el 66 de la Ley núm. 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
Mientras, Antonio José Paredes Elizondo está acusado de violación al artículo 146, numeral 1, de la Constitución de República; artículos 123, 124, 171 y 172 del Código Penal. Además, por coautoría en las conductas delictivas tipificadas en los artículos 5, 6 y 14 de la Ley número 53-07, contra Crímenes y Delitos de Alta Tecnología.
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