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Nacionales

JCE garantiza el derecho al sufragio con el voto accesible a personas con discapacidad

Organismo implementará el voto en casa, voto con plantilla, gestor electoral inclusivo y voto asistido

El sufragio es un derecho de todos los ciudadanos y ciudadanas, pero en República Dominicana persisten algunas barreras para ejercer el voto y es por ello que, una de las medidas que implementará la Junta Central Electoral (JCE) en las elecciones generales de 2024, será la ejecución del Programa Voto Accesible.

El Pleno de la JCE emitió la “Resolución 73-2023, modificada por el acta 01-2024”, que establece un conjunto de medidas destinadas a facilitar el ejercicio del sufragio activo de las personas con diferentes discapacidades y adultos mayores en la que se citan: voto en casa solo para las elecciones presidenciales, creación de mesas auxiliares, ejecución de materiales y procedimientos inclusivos, voto con plantilla, gestor electoral inclusivo y voto asistido.

La medida dispone obligatoriedad para todo el personal que intervenga en el proceso electoral, que incluye a los miembros de las Juntas Electorales, Oficinas de Coordinación de Logística Electoral en el Exterior (OCLEE), Colegios Electorales, Policía Militar Electoral y el personal del órgano electoral.

Sistemas a implementar con el Programa Voto Accesible

Voto en casa

Entre los sistemas a implementar con este programa que implementa la JCE, se destaca el Voto en Casa, que es un proyecto piloto destinado al ejercicio del sufragio activo en los domicilios de las personas que, para ser beneficiario, podrán comprobar la discapacidad mediante un certificado médico o certificado de discapacidad del Conadis y que por motivo de discapacidad física severa, condición motora o motivos graves de salud, no puedan acudir a su Colegio Electoral en las fechas señaladas para la celebración de las elecciones.

El programa será implementado de manera exclusiva para las Elecciones Presidenciales de 2024 y en una eventual segunda vuelta en el Distrito Nacional y la provincia Santo Domingo en el horario establecido para las elecciones, que es de 7:00 a. m. hasta 5:00 p. m.

Entre los requisitos para solicitar el voto están: completar el formulario de solicitud de Voto en Casa y presentar una copia de la Cédula de Identidad y Electoral. La persona podrá comprobar su condición con una constancia de salud y/o el certificado de discapacidad emitido por el Consejo Nacional de Discapacidad (CONADIS).

Asimismo, la persona solicitante deberá tener domicilio registrado en la demarcación donde se estará implementado el programa piloto y pertenecer a uno de los Colegios Electorales correspondientes a la misma; la solicitud deberá ser presentada desde el 1 de octubre hasta el 30 de diciembre de 2023 y no podrán ser beneficiarias las personas que se encuentran ingresadas en centros de rehabilitación psicosocial u hospitales. El plazo vence 70 días antes de las Elecciones Presidenciales, conforme el acta 01-2024, emitida por el Pleno de la JCE.

Será implementado mediante unidades móviles, conformadas por tres personas: presidente/a, secretario/a, vocal, así como un representante de las organizaciones para personas con discapacidad, miembros de la Policía Militar Electoral, delegados de los partidos acreditados para tales fines y un chofer, de acuerdo a la resolución.

La designación de equipos móviles y la entrega de los materiales electorales para esta novedad serán realizada en la forma y plazos establecidos por la Ley 20-23 (Orgánica del Régimen Electoral) y los reglamentos emitidos por el Pleno de la Junta Central Electoral, establece la 73-2023.

Mesas auxiliares

Las mesas auxiliares son espacios habilitados para permitir el voto de las personas con discapacidad físico-motora y/o personas con movilidad reducida, para brindarles orientación y asistencia al voto y deben estar disponibles en cada recinto donde funcionen los Colegios Electorales en un segundo o más niveles de edificación.

Dichas mesas estarán administradas por dos auxiliares entrenados/as en administración electoral inclusiva y accesible.

Voto con plantilla

En tanto que el voto con plantilla, está destinado para garantizar el voto secreto y autónomo de las personas con discapacidad visual. Consiste en una plantilla en una boleta impresa en relieve para facilitar la escogencia de los candidatos o candidatas electorales, la cual se les entregará junto a la boleta sellada y firmada.

La plantilla auxiliar deberá ser registrada por la secretaría en el acta del Colegio como un incidente. Las personas que requieran estas plantillas especiales podrán registrarse a través de la página web de la JCE, el centro de asistencia telefónica o las Juntas Electorales correspondientes.

Para el caso de las personas con discapacidad auditiva, se le ofrecerá asistencia virtual en lengua de señas para personas con discapacidad auditiva.

Gestor electoral inclusivo

Cada recinto electoral contará con un gestor o gestora electoral inclusiva que se encargará de brindar información a las personas con discapacidad que así lo requieran.

En el caso de las personas sordas, estos auxiliares podrán conectarse a través de videollamadas con un centro que tendrá el órgano comicial habilitado para tales fines. Este servicio contará con intérpretes de lenguaje de señas que podrán viabilizar la comunicación entre la ciudadanía con sordera y los representantes de la JCE.

Voto asistido

El voto asistido es una prerrogativa de las personas con discapacidad y adultas mayores para ejercer el sufragio activo acompañados de una persona de su confianza. A diferencia de años anteriores, la alternativa tiene requisitos tales como: ser una persona con discapacidad o una persona adulta mayor (65 años); quien vaya a votar expresa su intención de ejercer su derecho al voto con asistencia, que la persona que le brindará asistencia sea elegida por elector/a y que exista un vínculo de confianza entre quien vaya a votar y quien brindará asistencia.

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