En sus declaraciones, Vásquez destacó que, debido a la transculturación de la República Dominicana, resulta «muy peligroso» que individuos puedan lanzarse a la presidencia de la República con facilidad.
«Es muy peligroso que ese tipo de personas tengan la oportunidad de lanzarse como mesías en un país con tantos recursos y poca regulación sobre el origen de esos fondos», expresó el jurista.
Vásquez abordó estos temas durante una entrevista en el programa El Nuevo Diario AM, transmitido por la plataforma digital El Nuevo Diario TV, conducido por Jabes Ramírez, Nadia Andújar, Enrique Mota y Rafael Zapata.
En ese mismo sentido, el abogado resaltó que las debilidades de la República Dominicana radican en el incumplimiento de la ley. «Si la ley se cumpliera, incluso si esas personas intentaran romper con los esquemas establecidos, no habría problemas, porque las instituciones responsables velarían por que estas personas cumplieran con la normativa».
En relación con la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional, Vásquez explicó que, aunque estas sentencias son ejecutorias y obligan a las instituciones a su cumplimiento, la Junta Central Electoral (JCE) posee poderes reglamentarios sobre los fallos constitucionales. Por lo tanto, la JCE tiene el derecho de reglamentar lo que dispone el TC, conforme a lo que establece la ley.
“La JCE debe tomar los dos artículos modificados por la sentencia y comenzar a regularlos, establecer la nueva formalidad que debe llevar con todos los requisitos que establece. Luego que la junta resuelva, debería hacer un diseño de reglamentación de ese mandato que da el TC modificando la ley de la propia JCE», explicó.
El jurista añadió que esta decisión del TC «aparentemente ofrece muchas facilidades, pero al final deja todo casi igual». Detalló que lo único que cambia en los artículos modificados es el nombre de los movimientos y grupos políticos, que ahora se refieren a candidaturas independientes de la sociedad civil.
Según explicó, el ámbito provincial, el cambio consiste en que ya no son los movimientos políticos quienes llevan la candidatura, sino las candidaturas independientes. Sin embargo, los requisitos siguen siendo los mismos, o incluso más estrictos, a pesar de que en la motivación de la sentencia se menciona «la eliminación de requisitos confusos, problemáticos o tediosos.
“En la nacional debe cumplir los requisitos que establece la propia sentencia que toma como referentes los requisitos de la ley núm. 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos y la ley 2023 sobre régimen electoral encuentro. Hay más requisitos ahora que lo que había antes”, confluyó.
En cuanto a las candidaturas presidenciales, explicó que deben cumplirse los requisitos establecidos por la propia sentencia.
“Debe cumplir los requisitos que establece la propia sentencia que toma como referentes los requisitos de la Ley No. 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, y la Ley 20-23 sobre el régimen electoral. Hay más requisitos ahora que lo que había antes”, concluyó.