La Junta Central Electoral (JCE) estableció las condiciones que deben darse para comenzar la divulgación de los boletines con los resultados de las elecciones municipales de este domingo 18 de febrero.
En la resolución 12-2024 establece que, una vez los colegios transmitan electrónicamente las relaciones de votación (incluyendo tanto la imagen como los datos) al repositorio central del Centro de Datos (datacenter), éstas serán remitidos desde allí a los centros de cómputos de las juntas electorales correspondientes y a los partidos políticos que la hayan requerido y estén en la condición técnica para recibirlas.
- El tercer punto señala que las juntas electorales emitirán su primer boletín a partir del 20 % del procesamiento de los resultados o, en su defecto, cuando haya llegado las 8:00 p.m., se emitirá el primer boletín.
El siguiente paso es remitirlo a los medios de comunicación que tengan las condiciones técnicas de recibirlos, «con el propósito de que puedan utilizar la información para la cobertura y difusión de los resultados electorales en el día de las elecciones».
El cuarto punto señala que las juntas electorales emitirán de forma parcial en la medida que los resultados son transmitidos desde los colegios, con un tiempo máximo de 15 minutos entre un boletín y otro.
«En este caso, se incluirán dentro de esa divulgación los resultados de los colegios procesados y validados por los miembros y delegados acreditados ante las juntas electorales, aunque no cubran un porcentaje determinado, es decir, en el periodo de los 15 minutos se publicarán los resultados que se encuentren disponibles», indica la resolución de la JCE.