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El Intrant certificó que contrato para la instalación de semáforos se ejecutó en 65 %
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) certificó que el contrato para la instalación de la red semafórica del Gran Santo Domingo habría sido ejecutado en un 65.54 % y que se ha comprometido un total de 863,460,504.20 pesos en equipamiento y trabajos ya realizado y entregado por la empresa Transcore Latam S.R.L. en un total de 220 intersecciones intervenidas.
En el expediente depositado en el Tribunal Superior Administrativo por el abogado de la empresa se anexa una carta fechada el dos de noviembre de 2023, del director del Centro de Control de Tránsito del Intrant, Samuel Baquero, enviada a Hugo Beras, director de la institución, dando la información y advirtiendo los riesgos de la cancelación del contrato.
Al informar sobre el «estado actual del proyecto de Modernización, Ampliación, Supervisión y Gestión del Sistema Integral del Centro de Control de Tráfico y la Red Semafórica del Gran Santo Domingo», Baquero advertía a Beras que si ocurre la cancelación del contrato «nos encontraríamos en una situación crítica donde el Estado dominicano carecería de un centro de tráfico funcional, del sistema ATMS y de control en las intersecciones del Distrito Nacional y el Gran Santo Domingo».
Explica que el proveedor anterior (Consorcio CMI KAPSCH ICONTROL) desde mayo desconectó, quedando inoperante todo el sistema y solicitaba tomar medidas proactivas para mitigar cualquier impacto negativo que pidiera derivarse de la decisión de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) de suspender los servicios contratados y la eventual devolución de los equipos suministrados por Transcore Latam.
En ese orden, Baquero solicitaba la colaboración del Departamento Nacional de Investigaciones (DNI) y el Centro Nacional de Ciberseguridad para proveer al Intrant de los recursos tecnológicos indispensables para la gestión de las 335 intersecciones afectadas por esta decisión.
«Dicho esto, y dado lo que representa esta situación, expreso mi más profunda preocupación, dado que actualmente el Centro de Control de Tráfico se encuentra desconectado y su edificio en remodelación, por lo que, si salen de servicio los equipos del centro de control provisional del contratista, perderíamos totalmente la habilidad de gestionar el tráfico en el Distrito Nacional y el Gran Santo Domingo; lo que resulta crítico de cara el inicio de la temporada de mayor congestionamiento», concluye la carta.
Faltan explicaciones esenciales
El recurso de «medida cautelar anticipada administrativa» solicitada por la empresa Transcore Latam S.R.L. al TSA, contra la decisión de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) que anuló el procedimiento y el contrato para la instalación de la red semafórica del Gran Santo Domingo, tiene muchas aristas.
Si bien en el escrito de defensa depositado en el tribunal por el abogado Jorge Abraham Morilla Holguín se alega que el procedimiento se realizó observando los preceptos contemplados en la Ley 340-06 y su reglamento y responde los señalamientos del órgano rector de las contrataciones sobre la licitación, obvia explicar los aspectos puntuales que dieron al traste con la anulación.
Aunque cita las denuncias interpuestas por las sociedades Sic Transcore Latinoamérica y Transcore LP de que Transcore Latam, S.R.L, supuestamente había utilizado informaciones creadas de forma falsa o fraudulenta, o adulteradas de otras fuentes públicas disponibles, con el propósito de participar como oferentes en el procedimiento, no presenta al tribunal su versión sobre este hecho.
Con relación a este aspecto la instancia solo expresa lo siguiente: «Cabe resaltar que ambas denuncias, aunque afectan derechos contractuales adquiridos por nuestra representada, de manera aviesa o no, no fueron notificadas a la hoy accionante (Transcore Latam), sino hasta el día 24 de octubre de 2023, es decir, más de tres (3) meses desde que fueron recibidas…».
Tampoco se explica la composición accionaria difusa de la empresa ni los movimientos sospechosos de accionistas, que la DGCP cita como irregularidades graves en la Resolución RIC-156-2023 de la DGCP que suspendió, de oficio, el Contrato Núm. DJ-CSB-009-2023, suscrito entre el Intrant y Transcore Latam.
Estos son puntos fundamentales argumentados por la DGCP para anular el proceso de licitación y suspender la ejecución del contrato. Sin embargo, el escrito de defensa de 319 páginas no los aborda en la instancia sometida al TSA.
Sobre el argumento de la DGCP de los documentos en inglés que no fueron traducidos conforme exigía el pliego de condiciones, el escrito de defensa alega que dichos documentos constituían información adicional a la exigida por los pliegos de condiciones, y no requisitos no subsanables de la oferta presentada por la accionante.
En cuanto a que la experiencia presentada por la empresa Transcore Latam S.R.L. era anterior a la constitución de la empresa se arguye «que la forma como estaba configurado el procedimiento de selección de referencia permitía acreditar la experiencia del fabricante de los bienes y servicios ofertados, y no necesariamente del oferente».
La DGCP confirmó todas las irregularidades detectadas en las decisiones anteriores, en el proceso de Licitación para la instalación de la red semafórica del Gran Santo Domingo y afirma en una nueva decisión que comprobó que el contrato suscrito entre el Intrant y la razón social Transcore Latam, S.R.L. adicionó servicios no contemplados en el pliego de condiciones.
En una nueva decisión explica que esto constituye una contratación directa dentro del referido contrato, en violación a los artículos 16 y 20 de la Ley 340-06 de Contrataciones Públicas y los principios de debido proceso y juridicidad.
La institución presentó los resultados de la tercera investigación de la que fue apoderada por parte de las razones sociales Icontrolt, S.R.L. y Kapsch Trafficcom Dominican Republic, S.R.L, contra el procedimiento de licitación pública llevado a cabo por el Intrant para la instalación de la red semafórica del Gran Santo Domingo.
«Es nula de pleno derecho la contratación directa realizada por el Intrant con la razón Transcore Latam, S.R.L., en cuanto a la prestación del servicio de recaudación de los 305 controladores existentes en distintas intersecciones a nivel nacional, lo cual no fue estipulado en el pliego de condiciones».