Jean Luis Valdez Flores, confeso matador del productor de televisión Juan Miguel Bretón Mieses (Micky Bretón), de 49 años de edad, fue favorecido con la libertad condicional por el juez de ejecución de la pena de La Vega por haber «observado conducta intachable» en el recinto penitenciario y porque cumplió más de la mitad de los 20 años que se le impuso por el crimen.
Valdez Flores, quien tenía 20 años cuando admitió que cometió el crimen en noviembre del 2009 en una cabaña de la autopista 30 de Mayo, fue contratado como empleado por el esposo de una tía que posee una compañía, empresario que se hizo garante de «monitorear la conducta del penado y su vida extra-muros». El condenado guardaba prisión en la cárcel pública de La Vega, por gestión de su padre que reside cerca de ese recinto.
Al solicitar su libertad condicional al juez Manuel Ramón González Espinal, quien acogió la solicitud y dictó la resolución núm. 212-01-2023-SRES-00199, el joven narró que se destacó en el área de informática y que por su destreza fue seleccionado para capacitar a sus compañeros en prisión, lugar donde se convirtió al evangelio y también pudo procrear tres hijos.
«Resulta pertinente y procedente como herramienta legal para poner a prueba la conducta del interno (Jean Luis Valdez Flores) en el medio libre sujeto a condiciones, tanto da muestras de genuino arrepentimiento como aspecto subjetivo y sin desmedro de soslayar el pesar y el dolor de la parte querellante», argumentó el magistrado.
El favorecido con la decision estará obligado a presentarse una vez al mes, hasta completar el tiempo de duración de la pena definitiva que le resta por cumplir ante el Procurador General de la Corte de Apelación de La Vega, y por ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de esa provincia, «para informarle de lo relativo a su vida, trabajo, ocupación y acerca de lo que dichos funcionarios tengan interés en saber».
Valdez Flores admitió que apuñaló dos veces al productor televisivo luego de que sostuvieran una discusión en la cabaña y emprendió la huida en el mismo vehículo del hoy occiso. Ambos se conocían, pero la Policía, al ofrecer la información del crimen obvió ofrecer los detalles a la prensa.
El juez González Espinal sostuvo que el solicitante cumple con los requisitos que dispone el artículo 2 de la Ley No.64 sobre Libertad Condicional que establece: «todo condenado a penas privadas de libertad de carácter criminal o correccional, de más de un año de duración, podrá obtener su libertad condicional, siempre que se encuentren reunidos los requisitos siguientes:
a) Que haya cumplido la mitad de la pena impuesta; b) Que haya demostrado hábito de trabajo y observado conducta intachable en el establecimiento; c) Que se encuentre capacitado física y síquicamente para reintegrarse a la vida social y que su estado de rehabilitación haga presumible que se conducirá bien en libertad, y; d) Si pudiendo hacerlo ha pagado los daños e indemnizando los perjuicios causados por la infracción, o llegado a un acuerdo con la parte perjudicada».