El Ministerio de Salud Pública presentó la resolución 000066, la cual actualiza la 000018 de mayo del 2015, que declara zonas libres de humo en los establecimientos de salud, públicos y privados ,en el territorio dominicano.
Esta resolución, además de la Ley General de Salud 42-01, se basa en la Ley 48-00, la cual prohíbe fumar en tres escenarios: lugares cerrados bajo techo de uso colectivo, vehículos públicos destinados a transporte de pasajeros y vuelos de transporte de pasajeros nacionales e internacionales.
Según un comunicado, la resolución se socializó a través de un encuentro virtual encabezado por el ministro de Salud, junto al Servicio Nacional de Salud (SNS) y el Colegio Médico Dominicano (CMD).
Del mismo modo, informó que para su cumplimento, el documento debe ser publicado en los portales web de los diferentes establecimientos e instituciones de salud y en el entorno de estos lugares con el objetivo de orientar a las personas, además se debe capacitar al personal sobre la importancia de la misma.
Doctor Daniel Rivera habla sobre el tabaquismo
El galeno Daniel Rivera se refirió al tabaquismo como un factor tan riesgoso que incluso las personas que no tienen este hábito, pero se encuentran expuestas al humo del tabaco, corren igual riesgo.
Asimismo, recordó que “los hospitales y otros centros de salud” son los lugares menos aptos para fumar, esto debido a que allí se encuentran personas que requieren atenciones de salud y la exposición al humo podría agravar su condición.
El doctor Rivera, además, comentó que el uso del “vape” o el “vapeo” aunque sea considerado como un instrumento que “no afecta a la salud”, puede contribuir con el aumento del asma, las rinitis alérgicas y las afecciones bronquiales, por lo que es necesario dar a conocer conjuntamente con la resolución 000066 la Ley General de Salud 42-01.